TIJUANA.-La Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) de Baja California pidió a; Congreso del Estado inicio un juicio político al Secretario de Seguridad Pública del Estado, Daniel de la Rosa Anaya, a raíz de los dos motines que se registraron en el penal de La Mesa el pasado mes de septiembre. Y a la Procuraduría General de Justicia iniciar una averiguación en contra de este funcionario por los delitos de homicidio, tortura, lesiones, entre otros.
Dicha petición se integró luego de investigaciones realizadas a partir de los sucesos registrados los días 13, 14 y 17 de septiembre del 2008. El titular de la PDH, Francisco Javier Sánchez Corona, la integró y la hizo pública.
Las recomendaciones se dirigen al gobernador José Guadalupe Osuna Millán, Gina Andrea Cruz Blackledge, Presidenta de la Mesa Directiva de la XIX Legislatura del Estado, Maria Esther Renteria Ibarra, Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado y el presidente municipal de Tijuana, Jorge Ramos Hernández.
A Osuna Millán mandatario le hacen llegar 22 recomendaciones:
PRIMERA.- Ofrezca una disculpa pública de manera muy especial a los familiares de los internos acaecidos y lesionados en los hechos correlacionados con los eventos del 13, 14 y 17 de septiembre de 2008.
SEGUNDA.- Instruir al Procurador General de Justicia del Estado, el agotamiento de las diligencias necesarias a fin de dar el debido cumplimiento a la orden de aprehensión librada en contra de los señores MARCO ANTONIO IBARRA CHAVEZ y DANIEL IBARRA PEREZ por parte del Juzgado Sexto de lo Penal de Tijuana.
TERCERA.- Instruir al Procurador General de Justicia del Estado, para resolver en forma pronta y expedita las Averiguaciones Previas 250/08/201/AP y 256/08/201/AP, radicadas en la Unidad Orgánica de Homicidios Dolosos de la Sub-procuraduría General de Justicia Zona Tijuana, por la probable comisión de los delitos de homicidio, lesiones, daño en propiedad ajena, evasión de reos y lo que resulte; debiendo citar, en calidad de indiciado a Daniel de la Rosa Anaya, Secretario de Seguridad Pública del Estado
CUARTA.- Instruya el inicio del Procedimiento Administrativo de Investigación a la LICENCIADA SIMONA GAMIÑO GURROLA, MIGUEL ÁNGEL CANNET SANCHEZ, LIC. CARLOS ARTURO GONZALEZ Y ALEJANDRO OBLEA BUENO, ex funcionarios del Sistema Penitenciario, a efecto de que se determine su participación y grado de responsabilidad en los hechos violentos.
QUINTA.- Dar vista al Agente del Ministerio Público de la Federación respecto de los hechos relativos a los motines de los días 14 y 17 de septiembre de 2008, ocurridos en el CERESO de la ciudad de Tijuana, Baja California, para que inicie investigación en la esfera de su competencia y se determine el grado participación y responsabilidad en que incurrieron las autoridades de seguridad pública de los tres niveles de gobierno.
SEXTA.- Se asuma por el Poder Ejecutivo del Estado la responsabilidad social, moral y solidaria de los daños causados a las víctimas, indemnizando a los dependientes económicos de las víctimas acaecidas.
SEPTIMA.- Se instruya al Secretario de Seguridad Pública del Estado de Baja California, para que garantice en los Centros de Reclusión, la prevención y eliminación de la tortura, los tratos crueles, inhumanos, degradantes y cualquier castigo injustificado.
OCTAVA.- Se instruya al Secretario de Seguridad Pública del Estado de Baja California para que en cumplimiento con las obligaciones del Estado deba asegurarse, supervisarse y mejorarse los alimentos a todas las personas internas, atendiendo el gusto, consistencia, apariencia y valor nutricional de los alimentos.
NOVENA.- Se gire instrucciones a los Secretarios de Seguridad Pública y Salud del Estado de Baja California, a fin de que se proporcione atención médica a los internos e internas cuando lo necesiten y que los medicamentos que les sean recetados, sean suministrados en tiempo, que los tratamientos médicos se cumplan cabalmente.
DECIMA.- Instruya a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California, para que las sanciones disciplinarias que se apliquen a la población de internos en los centros de la entidad se encuentren debidamente contenidos en los reglamentos y sean motivadas y fundadas estrictamente en los términos de las leyes estatales, federales, tratados, convenios y declaraciones que en materia de derechos humanos hayan sido suscritos y ratificados por México.
DECIMAPRIMERA.- Instruir a los Secretarios y titulares de las instituciones del Estado y éstos a su vez al personal a su cargo para que, en apego al marco constitucional reconozcan expresa y tácitamente el status constitucional de este organismo público como integrante de las instituciones públicas para que acorde a ello, desplieguen sus acciones de apoyo en consecuencia al ser requeridos de información, documentación e informe justificado, acceso a personas, instalaciones, expedientes, documentos, etcétera y cuando sean recomendados.
DECIMASEGUNDA.- Crear mecanismos permanentes de evaluación de la calidad y calidez del servicio, desempeño y trato a la población interna y sus familiares.
DECIMATERCERA.- Instruir a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California, el fortalecimiento de un circuito cerrado en los pasillos, áreas de uso común de cada uno de los edificios y áreas médicas de los Centros de Readaptación Social en la entidad.
DECIMACUARTA.- Gire las instrucciones pertinentes a efecto de garantizar que quienes tienen la responsabilidad del Sistema Penitenciario, correspondan a un perfil acorde a tan importantes y sensibles tareas y atribuciones.
DECIMAQUINTA.- Que se destinen los recursos financieros públicos necesarios para garantizar el fortalecimiento de los programas de readaptación y reinserción Social del Sistema Estatal Penitenciario.
DECIMASEXTA.- Girar sus instrucciones, para que el personal médico y de custodia de los CERESOS del estado, de manera permanente, realicen rondines periódicos las veinticuatro horas del día.
DECIMASEPTIMA.- Garantizar para el ejercicio fiscal 2009, se construya un nuevo Centro, acorde a los estándares internacionales que elimine las prácticas viciadas y se ajuste a la normatividad vigente y al pleno ejercicio de los Derechos Humanos para la población interna y quienes ahí laboran.
DECIMAOCTAVA.- Gire instrucciones a la autoridad competente para que se establezcan como lineamientos obligatorios urgentes en la práctica de operativos de revisión de celdas, de pertenencias, inmuebles carcelarios y en intervenciones de motines en todos los Centros de Readaptación Social y Centros de Detención Preventiva del Estado.
DECIMANOVENA.- Realizar las modificaciones a las sanciones o medidas impuestas por el juzgador a través del otorgamiento de beneficios de libertad anticipada, indulto o amnistía o; cuando el interno acredite plenamente que no puede cumplir alguna de las modalidades de la sanción o medida de seguridad impuestas.
VIGESIMA.- Se instruya la capacitación permanente y continua para la totalidad del personal que integra el actual Sistema Penitenciario en el Estado, en la materia de Derechos Humanos y Garantías Fundamentales.
VIGESIMAPRIMERA.- Destinar los recursos económicos para la contratación de personal de custodia suficiente en número de acuerdo a los estándares de la materia.
VIGESIMASEGUNDA.- Se instruya la implementación de un sistema de registro digital actualizado eficaz para las personas internas, con el debido respaldo electrónico; que permita conocer minuto a minuto el número que integra la población carcelaria.
A Gina Andrea Cruz Blackledge.- Presidenta de la Mesa Directiva de la XIX Legislatura del Estado de Baja California:
UNICA.- Se instruya Juicio Político a Daniel de la Rosa Anaya, Secretario de Seguridad Pública del Estado de Baja California, para determinar la posible responsabilidad en que haya incurrido por acciones u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales.
A Maria Esther Renteria Ibarra, Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado:
UNICA.- Se gire instrucciones a los Jueces Penales de la entidad para que se integren y resuelvan los expedientes en la materia, sin exceder de los plazos legales previstos.
A Jorge Ramos Hernandez, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tijuana:
UNICA.- Instruir a los Secretarios y titulares de las instituciones del Municipio que usted preside y éstos a su vez al personal a su cargo para que, en apego al marco constitucional reconozcan expresa y tácitamente el status constitucional de este organismo público como integrante de las instituciones públicas para que, acorde a ello, desplieguen sus acciones de apoyo en consecuencia al ser requeridos de información, documentación e informe justificado, acceso a personas, instalaciones, expedientes, documentos, etc. y cuando sean recomendados, para lo cual consideramos fundamental como estrategia de cumplimiento la capacitación para el personal bajo su encargo.
El documento aclara quela integración del expediente de queja que se resuelve se vio obstaculizada, debido a la falta de cooperación y apoyo por parte de las diferentes autoridades señaladas como responsables y pertenecientes a la Secretaria de Seguridad Pública.
"Desde un primer momento, impidieron el acceso de personal de este organismo a las instalaciones del Centro, no permitieron participar en la negociación con internos, omitieron remitir información y documentación solicitada" refieren en la recomendación.
Adujeron que la información requerida había sido remitida a la autoridad estatal competente o bien formaba parte de una investigación y debía mantenerse en secreto, ello no obstante que en un segundo requerimiento se le expusieron ampliamente las razones jurídicas que facultaban a este organismo a requerirlas y a estas a proporcionarlas sin que dicho segunda petición hubiese sido fructífera, se refiere.
El hacinamiento y sobrepoblación del CereSo "La Mesa" son, a juicio de este organismo, una problemática que debiera atenderse prioritariamente, pues es violatorio de las Garantías Constitucionales de los internos.
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